
Servicios Contables FAS

Publicaciones
Noticias importantes del ámbito: LABORAL, IMSS, INFONAVIT, SAT
"2do. Bimestre 2025"
LABORAL
Trabajo flexible: cómo trabajar en una empresa de tecnología sin salir del país
El trabajo remoto no solo promueve el equilibrio entre la vida laboral y personal, sino que también se convierte en una activo de gran valor para el crecimiento de toda empresa.
De acuerdo con el Foro Económico Mundial, para 2025 la adopción de tecnología generará 97 millones de nuevos empleos en el mundo, puesto que la transformación digital ha revolucionado el mercado laboral, creando oportunidades para las y los profesionales mexicanos.
En México, esta tendencia se refleja en el aumento exponencial de la demanda de ingenieros en tecnología y desarrolladores de software, impulsada por la digitalización de sectores como el financiero, manufacturero y minorista, así como el establecimiento de centros de desarrollo de empresas globales en el país.
Bajo esta premisa, cada vez más compañías buscan atraer a este talento tecnológico bajo esquemas como el trabajo remoto, que no solo eliminan los desplazamientos y promueven el equilibrio entre la vida laboral y personal, sino que también incrementan la productividad y se convierten en una activo de gran valor para el crecimiento de toda empresa.
Un estudio de XData revela que trabajar desde casa permite ahorrar tiempo (60%), ser más productivo (11%) y dedicar más tiempo a la familia (15%).
En este panorama, empresas como Zillow destacan por liderar con modelos laborales innovadores. Zillow, pionera en el mercado inmobiliario digital en Estados Unidos, ha adoptado un esquema de trabajo remoto indefinido conocido como Cloud HQ, que permite a sus colaboradores en México y otros países trabajar desde cualquier lugar, contribuyendo al desarrollo de soluciones tecnológicas avanzadas.
Para ingenieros y desarrolladores de software, Zillow representa una oportunidad única: colaborar en proyectos de alto impacto para una de las compañías más innovadoras del sector tecnológico e inmobiliario, sin necesidad de salir del país.
Fuente: EL ECONOMISTA
Por: Branded Content / Sebastián Anaya
jueves 16 de enero de 2025
INFONAVIT
El ABC del programa de congelamiento de créditos del Infonavit
De los casi 6 millones de financiamiento activos del organismo, alrededor de 4 millones serán sujetos de este esquema y algunos tendrán beneficios adicionales
Desde finales del 2024, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) comenzó con el programa de congelamiento de créditos que fueron otorgados en Veces Salarios Mínimos (VSM) antes del 2013, con el fin de apoyar a los acreditados a reestructurar sus deudas, que a pesar de que se pagaban intereses y capital, el saldo adeudado se incrementaba.
La instrucción presidencial es que se congelen todos los financiamientos otorgados en VSM y en algunos casos, se recibirán beneficios adicionales según la situación de cada financiamiento; sin embargo, esto ha sido gradual, por lo que aquí te explicamos qué se requiere hacer si se cuenta con un crédito en estas condiciones.
La causa
De acuerdo con cifras del Infonavit, de los 6.2 millones de créditos para la vivienda activos en la cartera del organismo, alrededor de 4 millones fueron colocados bajo la modalidad de VSM, los cuales se actualizan conforme al crecimiento inflacionario, pese al pago de intereses y capital.
Para Octavio Romero Oropeza, director general del Infonavit, los créditos otorgados en VSM afectan al derechohabiente, pues a pesar de su cumplimiento de intereses y capital, en los primeros años del financiamiento la deuda no disminuye, ya que se actualiza conforme al crecimiento inflacionario.
“Fueron otorgados en condiciones en las cuales a pesar de que el derechohabiente pagaba intereses y capital, estos créditos subían, en esas condiciones hay 4 millones de 6.2 millones, es decir dos terceras partes de la cartera del Infonavit que tienen estos créditos mal otorgados… son créditos impagables”, declaró Romero Oropeza en la conferencia mañanera del pasado 8 de enero.
Inicio del programa
El titular del Infonavit informó que, desde noviembre del 2024, se congelaron el saldo y las mensualidades de 2 millones de financiamientos en esta situación, de los cuales 516,000 recibieron en automático beneficios adicionales de la siguiente manera:
140,000 disminuyeron la tasa de interés.
264,000 redujeron la mensualidad y tasa de interés.
112,000 tienen un descuento al saldo de la deuda.
Sobre estos 516,000 financiamientos, Romero Oropeza apuntó que la reducción al saldo ha sido en promedio 17% de la deuda total y la quita máxima ha sido de más de 3 millones de pesos.
“Los beneficios aplicados en estos 516,000 créditos han sido de más de 10,000 millones de pesos”, declaró el funcionario.
Además, de los 2 millones de créditos a los que ya se les congeló el saldo, 750,000 recibirán de igual forma beneficios adicionales en automático; sin embargo, según el director del Infonavit, esto será en las próximas semanas.
De los 2 millones de créditos con el saldo de la deuda congelados, otros 700,000 también serán sujetos de apoyo, pero es necesario que los acreditados acudan a los puntos de contacto del Infonavit, ya que la complejidad de estos casos es mayor.
“Va a ser necesario que acudan a las delegaciones del Infonavit de los estados y los centros de servicios, porque la complejidad del caso es mayor, ya que están en procesos judiciales, carteras vencidas, en fin. A los 2 millones de créditos se les va a atender y se les van a dar estos beneficios, la diferencia es los tiempos y la forma, sobre todo en los últimos 700,000 que se atenderán en las oficinas”, apuntó el funcionario.
¿Y el resto?
Además del avance que se ha tenido sobre 2 millones de créditos en esta situación, existen otros 2 millones de financiamientos que quedan pendientes de acceder al programa de congelamiento de saldos del Infonavit.
Al respecto, el director general del Infonavit indicó que estos 2 millones de créditos restantes recibirán los beneficios del programa una vez que sea aprobada la reforma a la ley del organismo, para así tener las siguientes facilidades:
• Congelamiento de mensualidades.
• Suspensión en los pagos sin generar intereses cuando el trabajador pierde el empleo.
• Disminuciones de intereses, mensualidades y montos en los saldos.
Se espera que, en las próximas semanas, la Cámara de Diputados comience con el análisis de la iniciativa de reforma a la Ley del Infonavit, para su discusión y posible aprobación.
Fuente: EL ECONOMISTA
Por: Redacción El Economista
jueves 09 de enero 2025
IMSS
Pensiones en México: edad para jubilarse, reformas, semanas cotizadas y diferencias entre la Ley 73 y 97 del IMSS
Después de tomar posesión como presidenta, Sheinbaum se comprometió a continuar con la reforma de pensiones que comenzó el Gobierno anterior con la creación del Fondo de Pensiones del Bienestar
A raíz de la Ley del Seguro Social, que entró en vigor en 1997, en México coexisten dos esquemas de pensión: el régimen de 1973, al que pertenecen los trabajadores legalmente registrados ante el IMSS antes del 30 de junio de 1997; y el régimen de 1997, válido para los asegurados que comenzaron a cotizar a partir del 1 de julio de 1997. La inscripción a uno u otro sistema pensionario no solo determina las semanas cotizadas necesarias para recibir una pensión, también el monto a recibir y las aportaciones de trabajadores, patrones y Gobierno.
A inicios de 2024, el entonces presidente Andrés Manuel López Obrador se refirió por primera vez a una iniciativa de reforma laboral para revertir el sistema de pensiones vigente, un régimen que entró en vigor a partir de 1997 y sustituyó las jubilaciones con el 100% del último salario de los trabajadores por cuentas individuales gestionadas por una Administradora de Fondos para el Retiro (Afores).
En mayo de 2024, el expresidente firmó el decreto que creó el Fondo de Pensiones del Bienestar, un fondo semilla considerado el arranque de su plan para reformar el sistema de pensiones. El fondo tiene como objetivo elevar la pensión de los trabajadores afiliados al IMSS y al ISSSTE adscritos al régimen del 97 con un sueldo menor a 16.777 pesos para que alcancen una jubilación equivalente al 100% de su último salario. El Fondo se financia con los recursos de las cuentas inactivas de los mayores de 70 años, consideradas Afores inactivas y no reclamadas; así como de aportaciones de Hacienda y de las paraestatales.
El 1 de octubre de 2024, día de la toma de protesta de Claudia Sheinbaum como presidenta, la mandataria incluyó entre los 100 puntos como ejes de su gestión una reforma a la Constitución para renovar las pensiones, “continuación de la reforma que empezó el Gobierno anterior”, explicó. Si bien aún no se presenta un proyecto para discutir en ambas cámaras, la enmienda constitucional pondría el foco en revertir los efectos de la Ley que entró en vigor en 1997 y dio forma a las Afores.
Diferencias entre la Ley 73 y la Ley 97: ¿Cuántas semanas son necesarias para pensionarse?
La diferencia sustancial entre la Ley 73 y la Ley 97 del IMSS radica en el número de semanas necesarias para solicitar la pensión y el monto de la misma. El régimen de 1973 contempla un mínimo de 500 semanas de cotización para obtener una pensión de vejez vitalicia, calculada a través del promedio del salario de los últimos cinco años de cotización. En cambio, la Ley 97, pionera en la introducción de un nuevo sistema pensionario basado en cuentas individuales gestionadas por una Administradora de Fondos para el Retiro (Afore), exige tener al menos 800 semanas cotizadas en 2023 para recibir el monto ahorrado durante la vida laboral.
Edad de jubilación y requisitos para pensionarse en el régimen 1973
Tener al menos 60 años para solicitar la pensión de cesantía en edad avanzada, o 65 años para la pensión de vejez
Tener un mínimo de 500 semanas cotizadas y estar dado de baja del régimen obligatorio de la Ley del Seguro Social al momento de iniciar el trámite
Encontrarse dentro del periodo de conservación de derechos, un lapso definido por el IMSS como la cuarta parte del tiempo cubierto por las cotizaciones semanales iniciado a partir de la fecha de baja
Diferencia entre la pensión de cesantía en edad avanzada y la de vejez
Existen dos modalidades de pensión por edad: la cesantía en edad avanzada y la pensión por vejez. Si el trabajador tiene entre 60 y 64 años le corresponde la cesantía en edad avanzada, un esquema cuyo monto en la Ley 73 va del 75% al 95% del total de pensión. No obstante, si el trabajador tiene 65 años o más debe recibir una pensión por vejez completa.
Pensión por viudez
De acuerdo con la Ley del IMSS, la pareja con quien la persona asegurada vivió durante los cinco años previos a su muerte en matrimonio o concubinato puede solicitar una pensión por viudez. Basta con acreditar el vínculo con la persona asegurada y su dependencia económica a ella. Además, el asegurado debería haber sumado al menos 150 semanas de cotización al momento de su muerte. El monto por viudez comprende el 90% de la suma que recibía la persona asegurada y pensionada a través de cesantía por vejez o edad avanzada. Además de la pensión por viudez, la Ley establece que los hijos menores de 16 años cuyo padre o madre asegurada haya muerto deberán recibir una pensión de orfandad equivalente al 20% del monto correspondiente a la persona asegurada.
Requisitos para pensionarse en la Ley 1997
• Tener al menos 60 años para solicitar la pensión de cesantía en edad avanzada, o 65 años para la pensión de vejez
• Acumular un mínimo de 800 semanas cotizadas (al 2023) y estar dado de baja del régimen obligatorio de la Ley del Seguro Social al momento de iniciar el trámite.
La Ley 97 contempla tres modalidades de pensión: retiro programado, renta vitalicia y pensión mínima garantizada:
Retiro programado
El retiro programado se contrata con la Afore que administra los ahorros del trabajador. El monto dependerá tanto del saldo acumulado en la cuenta, como del rendimiento y la esperanza de vida calculada para el asegurado. La pensión no es vitalicia y se termina al agotarse el saldo en la cuenta de ahorro para el retiro.
Renta vitalicia
Esta modalidad se contrata con una aseguradora y garantiza recibir una pensión vitalicia, cuyo monto depende del saldo acumulado en la cuenta y se ajusta anualmente de acuerdo a la inflación.
Pensión mínima garantizada
Si el ahorro del trabajador es insuficiente para optar por alguna de las opciones anteriores, el Gobierno Federal paga una pensión equivalente a un salario mínimo mensual actualizado anualmente.
Calculadora de pensión
Aunque todas las variables anteriormente descritas dificultan el cálculo de la pensión, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR) habilitó una herramienta que permite simular el monto total a recibir al final de la vida laboral. Basta entrar al sitio de la calculadora para trabajadores y elegir la AFORE, el salario base mensual, el número de seguridad social (NSS), el año en el que el trabajador comenzó a cotizar en el IMSS y el número de semanas cotizadas, así como la edad de retiro, para obtener una estimación de la pensión a recibir al jubilarse.
Para saber en qué AFORE se encuentra un trabajador, es necesario ingresar al sitio Localiza tu AFORE y registrarse con el NSS o CURP. Para conocer el número de semanas cotizadas, basta hacer una consulta en el sitio de Servicios digitales IMSS.
Cómo iniciar el trámite de pensión en el IMSS
El primer paso para iniciar el trámite formalmente es acudir a la ventanilla de prestaciones económicas en la Unidad de Medicina Familiar (UMF) correspondiente con una identificación oficial con fotografía, un documento que acredite el Número de Seguridad Social del asegurado, comprobante de domicilio de antigüedad menor a tres meses, CURP, estado de cuenta de la AFORE, constancia de la inscripción al Registro Federal de Contribuyentes y un documento expedido por el banco que incluya número de cuenta y CLABE del asegurado.
Para las pensiones por cesantía en edad avanzada o vejez, el IMSS habilitó Mi Pensión Digital, una plataforma para agilizar el proceso antes de acudir a la Unidad de Medicina Familiar y continuar con el trámite.
Fuente: EL PAIS
Por: Alejandro I. López
martes 17 de diciembre de 2024
SAT
Actualizaciones fiscales: 4 puntos que las empresas deben tomar en cuenta para este 2025
Para evitar multas e inspecciones, las empresas necesitan tener que estar más atentas al cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Contabilidad
Se recomienda cumplir en tiempo y forma con las obligaciones fiscales
En el país alrededor del 82.7% de los emprendimientos está bajo una figura legal, en la que el 27.6% son personas morales y 55% son personas físicas, de acuerdo con la Asociación de Emprendedores de México (Asem).
De tal manera que, para iniciar bien el año, es relevante que las pequeñas y medianas empresas (pymes) consideren y tengan en la agenda las actualizaciones por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT), así como considerar el impacto del Plan Maestro 2025.
Por ende, estos son cuatro puntos que no deben dejar pasar las empresas para evitar inconsistencias en la contabilidad, así como no tener inspecciones y multas por parte de la autoridad tributaria.
1. Conciliación de los comprobantes
Las empresas tienen la obligación de emitir el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) en todas sus operaciones; sin embargo, la gestión del negocio suele absorber el tiempo del emprendedor, dejando de lado la parte administrativa y fiscal.
Lo que hemos visto en los últimos años es que cada vez es más complicado el cumplimiento total y oportuno en esta obligación fiscal”, argumentó Ramiro Ávalos, socio de impuestos corporativos en Baker Tilly.
Por ello, la recomendación es hacer una conciliación entre los registros contables y fiscales contra el repositorio del SAT, para evitar confusión entre los datos que tiene la empresa y los que están registrados en el sistema.
Durante el evento Compilaciones 2025, realizado por Thomson Reuters, Ramiro Ávalos, aconsejó que se necesita tener la sana práctica al emitir los comprobantes en tiempo y forma, ya que, de no hacerlo, el SAT puede tomarlo como una alarma y enviar una carta invitación.
2. Acciones a tomar con una carta invitación
Cuando el sistema del SAT detecta inconsistencias en la contabilidad, es común que llegue una carta invitación por medio del Buzón Tributario, pero esto puede causar confusión, ya que no se trata de una multa directamente, sino de un aviso.
“Básicamente lo que hacen es que estas cartas invitación muestran inconsistencias entre los CFDI de ingresos y los CFDI de retenciones de Impuesto Sobre la Renta (ISR), que tienen los contribuyentes y no es más que una alerta”, comentó Ramiro Ávalos.
Asimismo, las inconsistencias más frecuentes son aquellas que están relacionadas con el IVA, por lo que se sugiere que estas invitaciones sean atendidas lo antes posible.
“Siempre vale la pena saber cuál es la perspectiva de la autoridad, qué es lo que el contribuyente no está viendo en el pago de sus impuestos. Evidentemente estas invitaciones son una estrategia de recaudación por parte de la autoridad tributaria”.
3. Impacto del Plan Maestro en las empresas
De acuerdo con el Plan Maestro 2025, la autoridad tributaria ofrece un estímulo para la regulación fiscal dirigida a los pequeños contribuyentes con ingresos de hasta 35 millones de pesos, en los que tendrán una disminución del 100% en las multas.
Asimismo, se ha impuesto la simplificación de trámites con mayor demanda. “Se van a simplificar los actos administrativos, también hay un plan de renovación en la página del SAT”, explicó Jesús Guillermo Mendieta, integrante de la Comisión Técnica de Auditoría Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México.
4. Presentación de la Información Sobre Situación Fiscal (ISSIF)
Ramiro Ávalos, expuso que, para marzo y abril de este año, las personas morales y físicas tendrán que presentar la Información Sobre Situación Fiscal (ISSIF), el cual es un requerimiento para comprobar que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones fiscales.
Sin embargo, esto solo aplica para casos específicos, como las personas físicas y morales que tengan ingresos de más de 1061 millones de pesos.
Asimismo, la presentación de determinados estados financieros es un tema que pasa desapercibida muchas empresas, pero, ¿quiénes están obligadas a presentarlas? Aquellos contribuyentes que obtuvieron ingresos en el año anterior de más de 1940 millones de pesos.
“Este parámetro luego no se tiene en el radar y los grupos de contribuyentes desconocen o no tienen el dato. Si una compañía del grupo está obligada a dictaminarse, las demás en automático tienen que presentar la ISSIF”, puntualizó Ramiro Ávalos.
Cabe mencionar que presentar el ISSIF para personas físicas es para aquellos contribuyentes que tienen alguna vinculación de actividad empresarial, venta de mercancías, grupos de préstamos, entre otros.
Por otra parte, quienes están exentos de no presentarla, en el caso de personas físicas, es para quienes no superen los 13 millones de pesos de ingresos para actividades empresariales y tres millones de pesos por servicios profesionales.
“Vale la pena tenerlo en cuenta, sobre todo para los grupos de contribuyentes, porque quizá estén obligados a presentar esta declaración y el ISSF el próximo 31 de marzo de 2025 para sus compañías y quizá deban presentar en la declaración anual de personas físicas aquellos que son partes relacionadas de una compañía”, reiteró Ramiro Ávalos.
En tanto, Jesús Guillermo Mendieta, aconsejó a todas las empresas a evitar incurrir en prácticas indebidas, ya que el uso de la Inteligencia Artificial puede detectar movimientos sospechosos. “Eviten hacerlo, y no por más o menos pesos, sino por una cuestión de ética, se puede vivir en paz y dormir tranquilo”.
Fuente: El ECONOMISTA
Por: Andrea Salvador Pérez
viernes 17 de enero de 2025